Normas internacionales del trabajo
Obligaciones constitucionales: Recursos y formularios para mandantes
Los convenios sólo entran en vigor mediante un acto de ratificación debidamente registrado por el Director General de la OIT. Sin embargo, en virtud del artículo 19 de la Constitución, todos los Estados miembros tienen la obligación de someter los convenios y recomendaciones a las autoridades nacionales competentes.
Obligación constitucional de presentar memorias (Art. 19, 22 and 35): Recursos y formularios para mandantes
Participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en los mecanismos de control (Art. 23)
Informes de los órganos de control y procedimientos especiales
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) y Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia (CAN)
Control regular
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) y Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia (CAN)
Comité de Libertad Sindical (CLS), Reclamaciones art. 24 y Quejas art. 26
Procedimientos especiales
Comité de Libertad Sindical (CLS), Reclamaciones art. 24 y Quejas art. 26