Aplicación de las normas
Sistema de control de la OIT: procedimientos especiales
Las normas internacionales del trabajo están respaldadas por un sistema de control que es único en el ámbito internacional y ayuda a garantizar que los países apliquen los convenios que ratifican.
Los procedimientos especiales permiten a los mandantes plantear ante la OIT las presuntas deficiencias por parte de los Estados en dar efecto a las NIT o en realizar los principios fundamentales de la OIT. A diferencia del mecanismo de control periódico, los enumerados a continuación se basan en la presentación de una reclamación o una queja:
- Procedimiento de reclamación para organizaciones profesionales de empleadores y de trabajadores con respecto a la aplicación de Convenios ratificados, regido por los artículos 24 y 25 de la Constitución de la OIT.
- Procedimiento de queja regido por los artículos 26 a 34 con respecto a la aplicación de Convenios ratificados.
- Procedimiento especial de queja por violación de libertad sindical a través del Comité de Libertad Sindical.
Nota informativa sobre la conciliación voluntaria en el marco del sistema de control de la OIT (reclamaciones regidas por el artículo 24 y el Comité de Libertad Sindical).
Comité tripartito ad-hoc
Reclamaciones (Art.24)
Comisiones de encuesta
Quejas (Art. 26)
Ver también
Aplicación de las normas
Sistema de control de la OIT: control regular
Recursos y formularios para mandantes
Guía informativa para mandantes
Panorama del sistema de control: Aplicación y promoción de las normas